La presentación del modelo 347 se adelanta a enero

La presentación del modelo 347 se adelanta a enero

En general la mayoría de personas físicas (autónomos) y jurídicas (sociedades) que desarrollan actividades empresariales o profesionales en España, tienen que presentar el modelo 347 al tener operaciones facturadas con terceras personas que superan los 3.005,06 anuales.

El Ministerio de Hacienda tiene previsto cambiar las fechas de presentación de cuatro modelos de declaraciones anuales, entre ellos, el modelo 347 de operaciones con terceros y que el plazo de presentación sería hasta el 28 de febrero.

Los otros modelos que sufririan cambio de fechas serian los modelos 171,184,345. Dicen los de Hacienda que así se pueden homogeneizar los plazos de presentación de las declaraciones informativas y mejorar la calidad de los datos fiscales.

Si se produce este cambio los asesores nos veremos con mucha mas carga de trabajo para presentar los impuestos trimestrales (los del cuarto trimestre del año anterior), los resumenes anuales, tambien del año anterior y la relación de los impuestos a declarar en fecha son:

  • Modelo 303 de autoliquidación trimestral de IVA y su modelo homólogo pero de carácter anual 390.
  • Modelos 130 de autoliquidación del pago fraccionado del IRPF.
  • Modelo 115, declaración trimestrales de las retenciones por alquileres y su modelo homólogo de carácter anual 180.
  • Modelo 111 trimestral de retenciones a trabajadores, profesionales o empresarios junto al modelo 190 anual.
  • Modelo 349 de operaciones intracomunitarias y modelo 309 de autoliquidación de IVA de operaciones intracomunitarias no periódicas en recargo de equivalencia.
  • Modelo 368 servicios prestados por vía electrónica.
  • Y desde enero de 2018, modelo 347.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 347?

En general la mayoría de personas físicas (autónomos) y jurídicas (sociedades) que desarrollan actividades empresariales o profesionales en España, tienen que presentar el modelo 347 al tener operaciones facturadas con terceras personas que superan los 3.005,06 anuales.

Hay algunas excepciones según ley para la no presentación de este modelo declarativo.